Una Orden Ministerial. impedirá el ejercicio privado a los médicos jubilados. Destacado

Un Proyecto de Orden Ministerial de la Secretaría de Estado de la S.S, dependiente del Mº de Trabajo, va a regular la compatibilidad entre la percepción de una pensión por jubilación y el ejercicio por cuenta propia de los profesionales jubilados. Cuando dicha norma se apruebe (lo que aún no está decidido, pero cabe suponer), no se permitirá el ejercicio libre de la profesión si se está cobrando una pensión de jubilación.

Hasta ahora, esto era posible para los médicos que trabajaban en el ejercicio privado con anterioridad a 1995, exentos por tanto de estar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, aunque pudieran tener derecho a una pensión (por su trabajo en el sector público, p. ej.). De hecho, el proyecto plantea que estos profesionales, que ya compatibilizaban el cobro de una pensión de jubilación con el ejercicio privado de su profesión, podrán seguirlo haciendo tras la entrada en vigor de esta norma.

Pero no será de aplicación a partir de entonces, por lo que es especialmente interesante que los médicos con ejercicio público y privado anterior a 1995, valoren la posibilidad de solicitar la pensión de jubilación (si tienen derecho a ella) a la mayor brevedad posible.

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