El periodo de aislamiento por COVID 19 es accidente laboral

El BOA de ayer publica el Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública.

Este RDL, que entra hoy en vigor, supone que los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19 tendrán la consideración de situación asimilada a accidente de trabajo a efectos de la prestación económica por incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social.

Así se responde a las innumerables peticiones que desde los sindicatos médicos se habían hecho tras conocerse que los servicios de Salud pretendían considerar el aislamiento como contingencia de enfermedad común.

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