El BOA de hoy publica una Resolución por la que se modifica el Anexo IV, el que autoriza a la administración a solicitar el certificado, ya que se le añaden dos campos más: sexo y país de nacimiento. Recordemos que este anexo IV es de obligado cumplimiento para todos, y que la Administración recomienda su presentación telemática, sea a través de la web oficial (Portal del Empleado) o bien cumplimentando el mail corporativo que se nos remitirá a cada empleado.
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