Los ya propietarios no se podrán presentar a la OPE. Destacado

Salud publica hoy una modificación de las bases de las Convocatorias de los procesos selectivos  en marcha (OPE), por la que se introduce un nuevo punto en la base 2ª, añadiendo a los requisitos de los participantes uno más, el 2.1 g): "No reunir la condición de personal estatutario de carácter fijo en la misma categoría profesional convocada"

Esto es debido a que Salud aplica dos recientes sentencias del Tribunal Supremo (1599/2013 y 1904/2013), en las que el tribunal establece queno podrán tener el nombramiento de superación de las pruebas de selección aquellos participantes en los procesos selectivos que ya posean con carácter fijo esa misma categoría profesional de personal estatutario de los servicios de salud”.

Salud resuelve también “que se habilite el sistema para que, previa solicitud del interesado, se proceda a la devolución de las cantidades ingresadas en concepto de tasa por derecho de examen a los participantes afectados que la hubieran abonado”.

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