Instrucción para el disfrute de “canosos”

Se adjunta la Instrucción de 16 de diciembre de 2015 de la D.G. de la Función Pública por la que se establecen criterios de aplicación en lo relativo al permiso por asuntos particulares por antigüedad.

En resumen, a partir de 2016 se podrán disfrutar de dos días adicionales de permiso por asuntos particulares a partir del 6º trienio, incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo. El derecho al disfrute nace a partir del día siguiente al del cumplimiento del correspondiente trienio.

El régimen de concesión de los días adicionales será, para el personal estatutario del Servicio Aragonés de la Salud, el contenido en el art. 2.1 del Pacto de 7 de julio de 2006 de Permisos y vacaciones

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