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RECUPERACIÓN DEL IRPF DE LA PRESTACIÓN POR MATERNIDAD

El Tribunal Supremo ha dictaminado recientemente que las prestaciones públicas por maternidad que abona la Seguridad Social están exentas de pagar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Desde un punto de vista práctico los afectados (afectadas en su mayoría) pueden recuperar el dinero tributado por las prestaciones cobradas desde el año 2014 en adelante, ya que los anteriores han prescrito. Dada la prescripción de cuatro años, quienes cobraran la prestación de maternidad durante el año 2014, y tributaran por ella en la declaración presentada en 2015, tienen hasta el 30 de junio de 2019 para solicitar la devolución, que es cuando acaba la campaña de la renta del ejercicio actual. Los que cobraran en 2015 tienen hasta el cierre de junio de 2020, y así sucesivamente.

A falta de conocer si Hacienda pondrá en marcha algún canal concreto para reclamar este dinero, o si el Gobierno trata de impulsar algún tipo de devolución generalizada, la vía más sencilla para recuperar lo pagado es solicitarlo directamente a la Agencia Tributaria presentando una rectificación de la autoliquidación del IRPF.

Para ello, lo más fácil es contactar con quien cumplimentó en su día la declaración del IRPF correspondiente al año (o años, si el nacimiento fue a partir del 10 de septiembre) en que se percibió la prestación.

 Si quieres realizarlo tú:

1.-Se trata de presentar un escrito de solicitud de rectificación de autoliquidación y devolución de ingresos indebidos del ejercicio en el que percibiste la prestación

2.-Cada año natural que solicites la devolución, debes obtener la cuantía total de Prestación cobrada ese año. Puedes descubrir la cuantía que has cobrado por dos vías distintas:

  • Mediante los datos fiscales del borrador. Si no tienes el borrador, puedes descargarlo de la AEAT.
  • A través de la base de cotizaciones.

3.- Consulta los datos de tu declaración de la renta del año que corresponda. Tan solo tienes que copiar los datos de la declaración de la renta del año en que cobraste la prestación de maternidad. Si no tienes una copia de la declaración, puedes descargarla de la AEAT.

4.- Modifica la casilla 001 (Rendimientos de trabajo). Lo siguiente que tienes que hacer es restar de la cantidad que figura en la casilla 001 la cuantía de la prestación.

5.- Mira de nuevo la casilla Resultado de la declaración. Ya puedes saber la cantidad que te tiene que devolver Hacienda para ese ejercicio fiscal. Se trata de la diferencia entre lo que reflejaba el resultado de la declaración en la casilla 001, y el resultado que has obtenido después de restar. Debes pedirla en la Solicitud de Rectificación de Autoliquidación a presentar en Hacienda.

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