Noticias Generales

Salud no envió los sms del cese

Miércoles, 06 Julio 2011 11:03

Nos aclara la Gerencia de Salud que la notificación por sms de los ceses de facultativos es un hecho debido al programa informático de la Tesorería de la S.S. y no de su programa SIRGHA.

Por otra parte, los errores (estos sí del SIRGHA) en las pagas extras se van a subsanar mediante las oportunas transferencias antes de 48 horas.

Pero lo que sigue sin ser de recibo es la enorme cantidad de facultativos aragoneses pendientes de renovar sus contratos mensualmente. Reciban o no ceses por sms. Los envíe la Tesorería, el Salud o la Casa Real.

Vamos a repetirlo: Artículo 9.3 del Estatuto Marco: Si se realizan más de dos nombramientos (eventuales) para la prestación de los mismos servicios por un periodo acumulado de 12 o más meses en un periodo de dos años, procederá el estudio de las causas que lo motivaron, para valorar, en su caso, si procede la creación de una plaza estructural en la plantilla del centro.

 ¿Cómo puede ser que haya facultativos renovando periódicamente sus contratos de “eventual” desde hace 10 años?

Una nueva gracia del SIRGHA: ceses por sms.

Martes, 05 Julio 2011 14:08

Este es el texto del SMS recibido por facultativos (con contrato eventual) de un hospital zaragozano: "TRAMITADA BAJA DE FECHA 30 06 2011 SOLICITADA POR SECTOR -- HOSPITAL --. MÁS INFORMACIÓN 901502050.TESORERÍA GRAL. SEG. SOCIAL". (A petición de los afectados, por si hay represalias, hemos omitido el Sector y Hospital). Al lunes siguiente, en su centro, se les informaba que se trata de la baja previa al alta que se produce en cada renovación de contrato.

Como quiera que más del 20% de los FEA aragoneses tienen contratos eventuales, renovables cada mes o trimestre (algunos llevan así ya 10 años), avisamos a los que aún no lo han recibido, para evitar más sustos innnecesarios.

Y hablando de innecesarios: ¿hay alguna aplicación útil y que no falle del SIRGHA?

La incompatibilidad entre privada y pensión, suspendida.

Viernes, 01 Julio 2011 11:52

Desde JurisCESM (los Servicios Jurídicos de CESM) nos envían la siguiente información, recogida tambien en algún medio de comunicación sanitario.

El Ministerio de Trabajo e Inmigración dejará en suspenso, hoy, 1 de julio, la Orden Ministerial de 23 de mayo de 2011, que declaró la incompatibilidad entre el cobro de la pensión de jubilación del Régimen General de la Seguridad Social y el ejercicio profesional por cuenta propia. Esta suspensión es la consecuencia de las enmiendas de CIU y PP aprobadas en el proyecto de reforma de la Seguridad Social que está en el Senado desde el martes, y que textualmente, emplaza al Gobierno a presentar "un proyecto de ley que regule la compatibilidad entre pensión y trabajo, garantizando el relevo generacional y la prolongación de la vida laboral, así como el tratamiento en condiciones de igualdad de las diferentes actividades .Mientras no se produzca esta regulación, se mantendrá el criterio que se venía aplicando con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden MTIN/1362/2011, de 23 de mayo".
 
Los profesionales colegiados afectados por esta normativa podrán, por tanto, compatibilizar pensión pública y trabajo privado hasta que el Gobierno cumpla su compromiso de elaborar un proyecto de ley al respecto, según han confirmado fuentes gubernamentales.
 
Los plazos para la elaboración del citado proyecto de compatibilidad laboral no están aún definidos, pero, según prevé ACTA SANITARIA, sí se confía en que la reforma de la Seguridad Social, aprobada con los votos de CIU, pueda estar en el BOE a finales de julio.
 

HAY ALGO PEOR QUE HACIENDA: EL SALUD

Miércoles, 29 Junio 2011 19:10

Como nos temíamos de nada han servido las gestiones del Salud ni los innumerables avisos del Sindicato. Hacienda está procediendo a practicar las liquidaciones de los ingresos correspondientes al ejercicio 2009 (cobrados en 2010) que debieron ser objeto de declaración complementaria. Eso supone un recargo del 15% sobre la cantidad que Hacienda proponga como liquidación.

 Lógicamente ninguno de los implicados recibió en el año 2010 justificación de los ingresos generados en 2009 y cobrados en 2010 en su certificado de ingresos y retenciones del año 2010, por lo que Hacienda entiende que las liquidaciones que ahora se presentan llevan un año de retraso y por eso aplica este recargo. El resultado, como siempre con Hacienda, es primero paga y luego reclama. La propia Agencia Tributaria adjunta un modelo para efectuar alegaciones que os aconsejamos rellenéis con los argumentos arriba citados y entreguéis en Hacienda, ya que la causa del retraso es única y exclusivamente la falta de información detallada por parte de la entidad pagadora (Salud), que ha cambiado sus criterios sin avisar.

 Ni que decir tiene que el horario de la Agencia Tributaria coincide con nuestro horario habitual de trabajo, y que los trámites en Hacienda siempre son muy largos. A ver si el “listo” que ha diseñado este engendro calcula de paso cuánto cuestan las horas asistenciales que se van a perder en los trámites que hay que realizar en nuestra Hacienda gracias a su incompetencia.

REUNIÓN DE AP CON RECURSOS HUMANOS DEL SALUD

Miércoles, 29 Junio 2011 18:05
Hemos mantenido hoy, 29 de junio, una reunión con Recursos Humanos del SALUD para avanzar en resolver asuntos de interés que están provocando gran malestar entre los médicos de AP.

1. Reclamaciones sobre sentencias y recursos del descanso semanal

  • En nomina de junio deberían haberse abonado las sentencias en ejecución. Se envío una instrucción interna 6 de junio a los todos sectores indicándoles el procedimiento a seguir, como continuación de otra ya recibida de diciembre de 2010. A pesar de ello, algunos sectores, específicamente el III de Zaragoza, hace caso omiso e incumple una vez más dichas instrucciones. Hemos pedido expresamente el cese de la Jefa de Personal de dicho sector (E.L.).
  • Las reclamaciones pendientes de juicio se estimaran mediante el recurso de alzada, para que una vez notificado se pueda desistir de la demanda antes del juicio. Ya nos lo iréis diciendo cualquier notificación que recibáis.
  • Aquellas reclamaciones pendientes de recurso de alzada van a ser estimadas, y serán remitidas a los servicios de personal de los centros de gasto para que se realice el abono correspondiente.
            De esta manera resolveríamos definitivamente la reclamación sobre el descanso semanal sin necesidad de recurrir a la vía contenciosa.
 
2. Comidas en EAP rurales: a raíz de la sentencia favorable sobre el derecho a comidas en EAP rurales, que no ha sido recurrida y por tanto es firme, el SALUD va a modificar las Instrucciones sobre manutención para posibilitar el abono de comida y cena al personal de guardia. Confiemos que su aplicación sea lo más pronto posible y unificada para todos los sectores.

3. Abono a los MAC de los atrasos de la jornada complementaria y defectos anteriores. En nomina de junio debería haberse abonado la jornada complementaria atrasada. Dado que el exceso en los EAP rurales debe calcularse la media entre hora laborables y festivo que el programa SIRGHA no identifica puede haber errores que se subsanaran en nómina de julio. Así mismo, los errores y defectos anteriores aclarados con las Instrucciones de 16 de mayo, con efecto retroactivo de 1 de diciembre, hemos pedido que en julio se solucione aquellos médicos cuyos apellidos estén comprendidos de la A – L y en agosto de la M – Z.

4. En relación con reclamaciones de trienios interinos anteriores al EBEP, según sentencia del Tribunal de Estrasburgo, se están desestimando todas por criterio general de Función Publica. Tendremos que seguir la vía contenciosa administrativa hasta que llegue la nueva dirección.

5. Pendiente solucionar los problemas surgidos con los certificados de haberes del SALUD siguiendo los criterios del SIRGHA que ha obligado a realizar declaraciones complementarias, para que el año próximo no existan estos problemas. También hemos pedido el cese del responsable de este aplicativo informático del que nadie esta satisfecho y el elevado coste que ha originado.

6. Están estudiando realizar unas Instrucciones para incluir el tiempo MIR en la antigüedad de la Carrera Profesional debido a las sentencias producidas.

7. Rechazamos las Comisiones de Servicio concedidas, de manera general y por motivos de salud laboral, pero más todavía como contraprestación política, realizadas por un Gobierno en funciones a médicos que tienen reserva de su puesto de trabajo, y que todavía no lo han ocupado.

¿Solución política para la norma de incompatibilidad de pensiones?

Viernes, 24 Junio 2011 10:00

PSOE, PP y CiU han acordado introducir una enmienda en la ley de reforma de pensiones, que se debatirá el lunes en el Congreso, que da al traste con la orden de Trabajo sobre la incompatibilidad de cobrar pensión de jubilación y seguir ejerciendo la actividad privada.

Los grupos parlamentarios PSOE, PP y CiU han pactado una enmienda al proyecto de Ley de Actualización, Adecuación y Modernización del Sistema de Seguridad Social, que se debatirá formalmente el lunes en la Comisión de Trabajo e Inmigración del Congreso, lo que eliminaría de facto la orden de Trabajo sobre la incompatibilidad de cobrar pensión de jubilación y seguir ejerciendo la actividad privada, permitiendo que los profesionales liberales puedan seguir cobrando la pensión aunque mantengan su actividad privada.

Como quiera que el proyecto de ley de reforma del sistema de pensiones debe debatirse todavía en el Senado, al que previsiblemente se remitirá la próxima semana, cabe la opción de que el Ministerio de Trabajo dé marcha atrás en algún sentido en la orden, puesto que en caso contrario entraría en vigor el 1 de julio para ser anulada en la práctica pocas semanas después.

¿Al "iluminado" que lleva meses tras esta aberración lo ascenderán?. Un refugio tradicional para incompetentes viene siendo la Cartera del Ministerio de Sanidad, idea que brindamos desde aquí completamente gratis...  

CESM recurre la orden de Trabajo que impide hacer compatibles jubilación y actividad privada

Miércoles, 22 Junio 2011 13:10

Tal como habían adelantado sus portavoces, la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) ha iniciado acciones judiciales contra la orden del Ministerio Trabajo, publicada el pasado 26 de mayo, por la que se declara incompatible el cobro de una pensión de la Seguridad Social y el mantenimiento de la actividad profesional privada.

La iniciativa, materializada en forma de recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional, plantea la nulidad de la medida por “vulneración del principio de seguridad jurídica”, así como por oponerse al principio de “jerarquía normativa”.

Al respecto, los servicios jurídicos de la Confederación aducen que la orden en cuestión es de inferior rango a la Ley 30/95 (sobre Ordenación y Supervisión del Seguro Privado), cuya disposición adicional decimoquinta “deja a salvo la posibilidad de seguir ejerciendo, en determinados casos, la actividad profesional por cuenta propia sin necesidad de causar alta en el RETA, y por ende, de compatibilizar dicha actividad con el cobro de la pensión de jubilación por la actividad por cuenta ajena”.

CESM entiende que la nueva situación, válida a partir del próximo 1 de julio, causará un perjuicio económico irreparable a los médicos afectados, y ello por dos razones: porque la penalización impuesta obligará a cerrar las consultas (no compensará mantenerlas abiertas a cambio de renunciar a la pensión de la Seguridad Social), y porque la restitución del derecho constitucional ahora vulnerado, si se demora en el tiempo, hará difícilmente reversibles los daños causados.

Contacto CESMAragón

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