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Jornada laboral y Complementos Específicos Destacado

En estos días de tomas de posesión y firmas de nombramientos de F.E.A., es frecuente el intento de las diversas gerencias de “colocar al nuevo” en jornada de tarde, sea de modo habitual o esporádico.

Por ser sencillos y concretos, aunque nunca es tan fácil (*), la jornada habitual de los hospitales aragoneses es de 8 a 15 h; las jornadas distintas son voluntarias y retribuidas. Para ordenar y retribuir estas diferentes jornadas, en los Acuerdos de abril de 2005 se establecen los Complementos Específicos (CE), que vamos a repasar sucintamente.

1.-El  CE “A” se percibe por todos los facultativos y su retribución es, para un FEA y en la actualidad, de 311 €, en catorce pagas (4.632 €/año)

2.-Los CE “B”, “C” y D”, son voluntarios, incompatibles entre sí (solo se puede percibir uno de ellos), implican dedicación exclusiva (DE) y obedecen a diferentes conceptos, con distinta retribución:

  • El CE “D” se percibe solo por la DE, sin modificación de jornada. Son 199 €/mes, que multiplicado por doce pagas supone 2.390 €/año.
  • El CE “C” implica sustituir una jornada de mañana (o más) por una de tarde,  lo que se conoce comúnmente como “jornada deslizante”. Sus retribuciones varían según el nº de jornadas semanales sustituidas. Así, para 1 día a la semana “deslizando” de mañana a tarde, son 391 €/mes (4.700 €/año) y para 2 días, 507 €/mes (6.087 €/año).
  • El CE “B” retribuye la prolongación de jornada, es decir, continuar por la tarde la jornada de mañana. Este aumento de la jornada un día a la semana se retribuye con 1.024 €/mes, que en doce pagas son 12.293 €/año

Repetimos: B, C y D son incompatibles entre sí, por lo que esas cantidades no se suman más que al CE “A”

(*) Es difícil generalizar en situaciones que se suelen complicar en la práctica (p. ej., los “contratos de guardias”). Consulta con el sindicato tus dudas.

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