Instrucciones para voto por correo en las Elecciones Sindicales de SALUD

Se copia íntegra la instrucción remitida por el Servicio Aragonés de Salud y se adjuntan los archivos de solicitud de voto para personal estatutario y laboral:

Con motivo del proceso electoral sindical a celebrar en el año 2019 en el ámbito del personal estatutario y funcionario de centros sanitarios y personal laboral del Servicio Aragonés de Salud, se elaboran estas Instrucciones conforme a la normativa vigente.

Instrucciones para los votantes:

1. Cuando algún/a elector/a prevea que en la fecha de votación no se encontrará en el lugar que le corresponda ejercer el derecho de sufragio, podrá emitir su voto por correo, previa comunicación a la mesa electoral.
Esta comunicación, de acuerdo con el calendario electoral acordado (ORDEN HAP/23/2019, de 31 de enero) habrá de realizarla desde el 18 de febrero hasta el 20 de marzo de 2019, ambos incluidos. No obstante, se recomienda realizar esta comunicación lo antes posible, para facilitar que el voto llegue a tiempo el día de las elecciones y de esta manera pueda computarse.

2. La comunicación habrá de registrarse a través de las oficinas de Correos presentándose en sobre abierto para ser fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificado. En ese momento se exigirá la exhibición del documento nacional de identidad por parte del interesado/a, a fin de comprobar sus datos personales y la coincidencia de firma de ambos documentos. La comunicación se dirigirá a la mesa coordinadora de la Unidad Electoral correspondiente, con las siguientes direcciones:
· UNIDAD ELECTORAL HOSPITAL NTRA. SRA. DE GRACIA – HOSPITAL ROYO VILLANOVA (ZARAGOZA). Cl. Eugenio Lucas, 31. 50018 Zaragoza
· UNIDAD ELECTORAL HOSPITAL UNIVERSITARIO “MIGUEL SERVET” (ZARAGOZA). Pº Isabel La Católica, 1-3. 5009 Zaragoza
· UNIDAD ELECTORAL HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSITARIO “LOZANO BLESA” (ZARAGOZA). Av. San Juan Bosco, 15. 5009 Zaragoza
· UNIDAD ELECTORAL HOSPITAL ERNEST LLUCH DE CALATAYUD. Ctra. Sagunto-Burgos, Km. 254. 50300 Calatayud (Zaragoza)
· UNIDAD ELECTORAL HOSPITAL GENERAL SAN JORGE DE HUESCA. Av. Martínez de Velasco, 36. 22004 Huesca
· UNIDAD ELECTORAL HOSPITAL DE BARBASTRO. Ctra. Nacional, 240, s/n. 22300 Barbastro.
· UNIDAD ELECTORAL HOSPITAL DE ALCAÑIZ. Cl. Dr. Repollés, 2. 44600 Alcañiz
· UNIDAD ELECTORAL HOSPITAL GENERAL “OBISPO POLANCO” (TERUEL). Av. Ruiz Jarabo, s/n. 44002 Teruel.
La comunicación también podrá ser efectuada en nombre del elector/a por otra persona debidamente autorizada, acreditando ésta su identidad y representación bastante. Esta representación bastante sólo será válida mediante documento notarial. Asimismo, el documento que contenga la citada representación se extenderá individualmente en relación con cada elector y sin que en el mismo pueda incluirse a varios electores, ni una misma persona representar a más de un elector.

3. Comprobado por la mesa que el comunicante se encuentra incluido en la lista de electores, se le remitirán:
i. Las papeletas electorales.
ii. El sobre en el que debe ser introducida la papeleta del voto.
iii. Otro sobre de mayores dimensiones llamado “sobre colector”, que es el que el votante deberá enviar a través de la oficina de Correos. Dicho sobre incluirá una etiqueta con el destinatario, que es la mesa en la que el elector vota. El votante no deberá rellenar nada.
Estos documentos únicamente podrán ser entregados al elector/a, sin que pueda recogerlos otra persona en su nombre.

4. El/la elector/a introducirá la papeleta que elija en el sobre remitido, que cerrará, y éste junto con una fotocopia del documento nacional de identidad, se introducirá en el sobre colector que se remitirá al Representante de la Administración de la mesa electoral correspondiente, quién se encargará de custodiar el sobre cerrado hasta la votación el día de las elecciones y al término de ésta y antes de comenzar el escrutinio, lo entregará al Secretario de la mesa que procederá a su apertura, verificando que ese elector se encuentra en la lista y que no ha acudido a votar de manera presencial, e identificando al elector con el documento nacional de identidad. Posteriormente, junto al Presidente/a y el resto de los miembros de la mesa introducirá la papeleta en la urna electoral y declarará expresamente haberse votado.

5. Si la correspondencia electoral fuese recibida con posterioridad a la terminación de la votación, no se computará el voto ni se tendrá como votante al elector, procediéndose a la incineración del sobre sin abrir, dejando constancia de tal hecho.

6. Si el/la elector/a que hubiese optado por el voto por correo se encontrase presente el día de la elección y decidiese votar personalmente, podrá hacerlo, pero para ello deberá manifestarlo así ante la mesa, la cual, después de emitido el voto, procederá a entregarle el que hubiese enviado por correo si se hubiese recibido, y en caso contrario, cuando se reciba se incinerará.

7. Con respecto a los gastos derivados del voto por correo, el solicitante deberá hacerse cargo de su pago y, conforme a lo establecido en el punto séptimo de la ORDEN HAP/23/2019, de 31 de enero, sobre criterios de actuación en el proceso de elecciones sindicales a Juntas de Personal, Comités de Empresa y Delegados de Personal, dichos gastos serán compensados, con cargo al Presupuesto de cada Sector, previa presentación de un justificante de haber votado, expedido por la Mesa electoral correspondiente.

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