Imprimir esta página

Descansos compensatorios de sábados festivos

Salud publica la Resolución de 7 de septiembre de 2018 en la que establece los criterios para la compensación de los festivos que coinciden en sábado.

En AE, se compensarán “siempre y cuando el empleado realice, según su programación anual, las horas de trabajo efectivo que le correspondan…”

En AP, cuyo funcionamiento ordinario es de lunes a viernes, “la compensación se deberá realizar con el disfrute de la festividad en otro día laborable”

Los descansos compensatorios podrán ser disfrutados hasta el 31 de enero de 2019 (supeditados siempre a las necesidades del servicio)

Descargar archivos adjuntos:
Visto 1023 veces
Valora este artículo
(0 votos)