Instrucciones para la gestión de vacaciones correspondientes a 2016

Hemos recibido de RRHH del Salud la siguiente nota:

En relación con las vacaciones reglamentarias del personal estatutario y a la vista de la recuperación de los días adicionales de vacaciones y libre disposición que se ha producido en el presente año, se hace preciso elaborar una instrucción para todos los centros que permita una aplicación homogénea. En este sentido cabe señalarse lo siguiente:

1.- La normativa de aplicación para vacaciones será el Pacto de 7 de julio de 2006, de la Mesa Sectorial de Sanidad, en materia de permisos, vacaciones y otras medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del personal estatutario del Servicio Aragonés de Salud. Todas las instrucciones posteriores a este pacto quedan sin efecto.
2.- El fraccionamiento de las vacaciones se podrá hacer en dos o tres períodos (se aconseja que, en la medida de lo posible se haga en dos períodos. El fraccionamiento, con carácter general, ser hará por quincenas. El disfrute de los días adicionales de vacaciones se pactará en cada unidad/servicio.
3.- Quedarán a salvo de lo dispuesto los pactos de unidad que pudieran alcanzarse en términos distintos.
4.- No se concederán permisos sin sueldo salvo que no conlleven coste económico. Quien desee disfrutar de un período adicional al de vacaciones para cuidado de hijos o de familiares, podrá solicitar una excedencia por un período mínimo de permanencia, en caso de fraccionamiento de 2 meses, tal y como dispone el apartado C del Pacto de 7 de julio.
5.- No se producirán procedimientos de acoplamiento interno en los centros durante el período ordinario de vacaciones. Estos procedimientos podrán reanudarse a partir del 16 de octubre.
Estas reglas, de aplicación inmediata, se incorporarán a una instrucción que será remitida en fechas próximas.

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